Public Procurement ActPropuesta de Reglamento · COM(2026) 590 final · 2026/0265 (COD)
ES

Artículo 21Operadores económicos

Article 21 · Economic operators

1.Public buyers shall not require economic operators to have a specific legal form in order to participate in the procurement procedure.

1.Los compradores públicos no exigirán a los operadores económicos que tengan una forma jurídica determinada para participar en el procedimiento de contratación.

2.Economic operators that, under the law of the Member State in which they are established, are entitled to provide the relevant supplies, works or services, shall not be rejected solely on the ground that, under the law of the Member State in which the contract is to be awarded, the economic operator would have been required to be either a natural or legal person.

2.No podrán ser rechazados los operadores económicos que, con arreglo a la legislación del Estado miembro en que estén establecidos, estén habilitados para realizar los suministros, las obras o los servicios de que se trate, por el mero hecho de que, con arreglo a la legislación del Estado miembro en que vaya a adjudicarse el contrato, el operador económico habría tenido que ser una persona física o una persona jurídica.

3.Public buyers may, in the case of services, works or siting and installation operations, require legal persons to indicate before the start of the execution of the tasks concerned, the names and relevant qualifications of the staff responsible for the performance of the contract in question.

3.En el caso de los servicios, las obras o las operaciones de colocación e instalación, los compradores públicos podrán exigir a las personas jurídicas que indiquen, antes del inicio de la ejecución de las tareas de que se trate, los nombres y las cualificaciones pertinentes del personal responsable de la ejecución del contrato en cuestión.

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